Devolución o transferencia de aportes

Acorde con lo establecido por el Decreto 780 de 2016, Resolución 1431 y 3341, se establece el mecanismo para que el Aportante o Trabajador Independiente soliciten devolución o transferencia de aportes cuando presente Inconsistencias en el pago PILA:

  • Pago con tipo y numero de documento del cotizante errado, (Se solicitará devolución de aportes)
  • Pago 2 veces el mismo periodo. (Se solicitará devolución de aportes)
  • Pago mayor a tarifa de cotización – Aportante Exonerado. (Se solicitará devolución de aportes)
  • Mayor valor pago (IBC, DIAS). (Se solicitará devolución de aportes)
  • Pago a EPS incorrecta. (Se solicitará Transferencia de Aportes).

Para la radicación y trámite de Devolución de Aportes USTED podrá realizar la solicitud a través de la Oficina de Atención al Usuario o al correo , junto con los siguientes soportes:

  1. Formulario de Solicitud de Devolución de Aportes diligenciado (clic aquí) totalmente diligenciado.
  2. Certificado de Cámara y comercio. En caso de ser el aportante o
  3. Certificado de existencia y representación legal expedido por Cámara de Comercio (90 días de vigencia) en caso de ser empresa.
  4. RUT.
  5. Copia de la Cedula del representante legal
  6. Fotocopia de las planillas de pago. (Opcional).
  7. Certificado de la cuenta bancaria del aportante o cotizante independiente (180 días de vigencia), la cual debe describir: Tipo de cuenta, número de cuenta y nombre del banco. No se permite cuentas de terceros. En caso de que el cotizante independiente no esté bancarizado debe adjuntar carta de este, no es necesario autenticarla.

Línea de atención radicación de acreencias


Teléfonos:
318-5502421 - 316-6972145 - 316-2433495

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Calle 100 # 19 a - 50, oficina 204.
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